El gobierno nacional dio a conocer este viernes a la noche el DNU que establece un confinamiento por nueve días, hasta el 30 de mayo, en el marco de la segunda ola de coronavirus. Asimismo, la norma, regirá hasta el 11 de junio.
PUNTOS PRINCIPALES DEL DNU
-MEDIDAS GENERALES TODO EL PAIS:
*Se suspenden los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos
*Se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas.
*Suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.
MEDIDAS PARA ZONAS DE BAJO RIESGO
Se aplican las reglas de conducta generales (distanciamiento; tapabocas; ventilación; higiene); los protocolos aprobados para cada actividad; aforo del 50% en superficies cerradas, salvo excepciones menores, y rigen las suspensiones establecidas para todo el país.
MEDIDAS PARA ZONAS DE MEDIANO RIESGO:
Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.
MEDIDAS APLICABLES A LUGARES EN ALTO RIESGO Y EN ALARMA EPIDEMIOLÓGICA Y SANITARIA
-PRORROGAN MEDIDAS VIGENTES: A LAS MEDIDAS VIGENTES PARA ALTO RIESGO Y PARA ALARMA EPIDEMIOLOGICA, SE SUMAN: ACTIVIDADES ECONOMICAS, INDUSTRIALES, COMERCIALES, DE SERVICIOS, CULTURALES, DEPORTIVAS, RELIGIOSAS, EDUCATIVAS, TURÍSTICAS, RECREATIVAS Y SOCIALES: Sin presencialidad, en todos los casos que sea posible se deberán realizar las tareas bajo la modalidad de teletrabajo.
*PERMANENCIA EN DOMICILIOS:
Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y artículos de necesidad en comercios esenciales y retiro de compras autorizadas, siempre en cercanía a sus domicilios.
*SALIDAS DE ESPARCIMIENTO:
Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos al aire libre de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias. No es necesario tramitar permiso para circular para estas actividades.
*ACTIVIDADES RECREATIVAS:
No se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales.
*CIRCULACION:
No se podrá circular afuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.
*PROHIBICION DE CIRCULACION:
Desde las 18 horas hasta las 6 horas del día siguiente.
*GASTRONOMIA:
Sólo mediante delivery y take away.
*TRANSPORTE PUBLICO:
*Quedan habilitadas para su uso las personas expresamente autorizadas para el desempeño de sus actividades (1) , los casos especiales, atención de salud y vacunación.
*PERMISOS:
Todas las personas exceptuadas de la prohibición de circular (1) y (2), deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” que las habilite a circular. Los desplazamientos de las personas exceptuadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada.
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